El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el Real Decreto-ley 26/2026, conocido como el ‘decreto Maricarmen’ al haber sido negociado al calor de las movilizaciones sociales para protestar por el desahucio de una octogenaria madrileña, hace una semana. Pero en el texto legislativo también se ha incorporado la creación de dos nuevos productos financieros. Se trata de la nueva cuenta de ahorro e inversión Financia Europa y del seguro individual de ahorro a largo plazo Financia Europa. El objetivo de ambas figuras es promover la inversión en Bolsa europea con ventajas fiscales. El sustento ideológico de estas medidas es el informe Draghi que reclama que los europeos inviertan más en acciones de la Unión Europea. Y su concreción política fue un acuerdo entre España, Francia, Portugal y Luxemburgo para desarrollar la etiqueta ‘Finance Europe’, que consiga movilizar ahorro del Viejo Continente hacia la economía productiva.
Para el sector financiero ha sido una sorpresa que el Gobierno haya decidido incorporar estos dos productos en el ‘decreto Maricarmen’ —“no nos los esperábamos para nada”, reconoce un alto cargo de una de las patronales—, pero la sensación generalizada es que puede suponer una oportunidad de oro para fomentar la inversión entre la ciudadanía.
¿Qué es la nueva cuenta de inversión Financia Europa?
Se parece a las cuentas de inversión con ventajas fiscales que existen en países como Suecia o Reino Unido. Permite comprar y vender acciones y fondos de inversión dentro de una “envoltura fiscal” sin tributar por cada operación. Es como si cada ciudadano pudiera tener un fondo de inversión particular, aunque limitado a inversiones mayoritariamente en activos europeos. Cada particular solo podrá tener una cuenta. Las aportaciones se hacen en efectivo, con un tope máximo de 150.000 euros.
¿Cómo funciona la cuenta?
Tiene tres piezas: una cuenta de valores, donde están depositados las acciones y los fondos; una cuenta operativa, que sirve para realizar compras, ventas y cubrir los gastos de gestión, que debe mantener un saldo mínimo de 1.500 euros para garantizar que efectivamente hay una vocación inversora; y una cuenta de contrapartida, desde la que el particular hace las aportaciones y donde cobra los dividendos. Es en esta cuenta de contrapartida donde se reciben los fondos cuando el ahorrador decide reembolsar el dinero. La estructura busca separar claramente el patrimonio invertido, la liquidez necesaria para operar y los rendimientos sujetos a fiscalidad normal.
¿Qué ventajas fiscales tiene?
Tiene dos beneficios fiscales claros para un inversor que quiera algo de riesgo en sus ahorros. En primer lugar, el particular puede comprar y vender acciones, ETF o fondos dentro de la cuenta sin tributar por cada operación. Si tiene una inversión en Bolsa de empresas tecnológicas europeas y la vende, no paga por las plusvalías, siempre que reinvierta el dinero en otros activos antes de tres meses. Hasta ahora, esta posibilidad de saltar de una inversión a otra sin tributar estaba reservada a los fondos de inversión o a los traspasos entre fondos. En este sentido, cada particular se puede crear su propio minifondo o minisicav.
La segunda ventaja fiscal viene cuando se quiera disponer del dinero. Las ganancias asociadas tendrán una exención del 100% para los primeros 10.000 euros, siempre que hayan pasado cinco años desde que se realizaron las aportaciones que generaron esa plusvalía. Si las plusvalías obtenidas superan ese importe, el resto tendrá una rebaja del 20% para el exceso.
¿Cómo se refleja eso en una cartera real?
Alguien invierte 100.000 euros en 2027 en acciones de la compañía neerlandesa ASML (fabricante de máquinas para elaborar microchips). Dos años después decide vender las acciones, valoradas ya en 120.000 euros, para comprar un fondo de inversión que cumple los criterios Financia Europa. Un año después reembolsa el fondo, valorado en 130.000 euros, y compra un ETF de Bolsa francesa. En 2032 su inversión vale 140.000 euros y decide vender todo. Por los 10.000 primeros euros de ganancias no tributa, y en el IRPF solo reflejará el 80% de los 30.000 restantes, es decir, 24.000 euros de ganancia patrimonial que tributan al 21%, 5.040 euros.
Con la normativa actual, el inversor habría tributado en las tres operaciones: un 21% sobre 20.000 euros en 2029 (4.200 euros) más otros 2.100 euros en las dos operaciones posteriores, un total de 8.400 euros, 3.000 más que con la cuenta actual. La rentabilidad total de la inversión pasa del 31% al 35%.
¿Podré pasar mis inversiones actuales a esta cuenta?
No, el texto es claro: las aportaciones deben ser solamente en efectivo. El inversor sí que puede, no obstante, vender los activos que tenga, tributar por la ganancia patrimonial correspondiente, y aportar los fondos a una cuenta de este tipo. De este modo tendrá más flexibilidad para operar y bonificaciones en el IRPF si mantiene la inversión cinco años.
¿En qué tipo de activos puede invertir?
El dinero que está en la cuenta se puede invertir en acciones cotizadas de la Unión Europea. También en fondos de inversión con una fuerte exposición a Europa, así como en fondos cotizados (ETF, por sus siglas en inglés). Para que los fondos o los ETF se puedan incorporar a estas cuentas, deben invertir al menos el 70% del valor total de su cartera en compañías domiciliadas en la UE (o que tengan en suelo comunitario su centro principal de producción). Esa inversión puede ser en acciones o en deuda corporativa.
Como el programa Financia Europea tiene por objetivo ayudar a financiar “el capital productivo de la UE”, la cuenta exige que los fondos destinen al menos el 50% de su cartera en Bolsa. Y, además, al menos el 35% tiene que estar en acciones europeas. Eso excluye fondos dedicados en exclusiva a bonos emitidos por empresas. Pero sí que podrían incluirse fondos que tengan una parte en renta variable de Estados Unidos o de Japón. O un fondo de Bolsa europea que tiene una parte en compañías de Suiza o del Reino Unido.
¿Qué activos quedan excluidos?
Desde la cuenta de inversión Financia Europa no se podrá invertir en socimis (empresas cotizadas que se dedican en exclusiva a la inversión inmobiliaria). Tampoco en sicavs, el clásico instrumento de inversión de las grandes fortunas. Ni en derivados financieros. Tampoco se pueden comprar fondos de inversión o ETF no elegibles.
¿Se podrá pasar el dinero a otra entidad?
Sí. El inversor puede cambiar de banco o intermediario conservando las ventajas fiscales y la antigüedad de las aportaciones, de forma similar a los traspasos entre fondos de inversión. La operación debe realizarse entre cuentas que cumplan los requisitos del régimen Financia Europa. Deberá hacerse por el importe total, y no de forma parcial.
¿Quién se encarga de estas cuentas?
Podrán comercializar y gestionar las cuentas bancos y empresas de servicios de inversión (agencias de valores, empresas de asesoramiento financiero…). Los expertos consultados consideran que será un producto muy controlado por los bancos, aunque la fórmula, de tributación y operativa sencilla, abre la puerta también a los brókeres y neobancos que ofrecen comisiones muy bajas.
¿En qué consiste el formato seguro?
El real decreto también ha aprobado una especie de alternativa a esta cuenta, pero en formato asegurador. Se trata del seguro individual de ahorro a largo plazo (sialp) Financia Europea. Eso sí, su campo de acción es mucho más limitado que la cuenta. El producto permite aportar hasta 10.000 euros al año, el doble que los sialp tradicionales, y mantiene la principal ventaja fiscal de estos productos: los rendimientos obtenidos quedan exentos de IRPF si el dinero permanece invertido al menos cinco años.
A diferencia de los sialp actuales, el nuevo seguro no exige garantizar el 85% del capital invertido, lo que le permite asumir más riesgo y aspirar a una rentabilidad potencialmente mayor, invirtiendo en Bolsa. La condición es que el patrimonio esté al menos en un 70% en activos europeos. Y con un peso importante en acciones (más del 30%).
Estos contratos de seguro pueden, a su vez, invertir en acciones, renta fija o fondos elegibles (con ese sesgo hacia renta variable de la Unión Europea).
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el Real Decreto-ley 26/2026, conocido como el ‘decreto Maricarmen’ al haber sido negociado al calor de las movilizaciones sociales para protestar por el desahucio de una octogenaria madrileña, hace una semana. Pero en el texto legislativo también se ha incorporado la creación de dos nuevos productos financieros. Se trata de la nueva cuenta de ahorro e inversión Financia Europa y del seguro individual de ahorro a largo plazo Financia Europa. El objetivo de ambas figuras es promover la inversión en Bolsa europea con ventajas fiscales. El sustento ideológico de estas medidas es el informe Draghi que reclama que los europeos inviertan más en acciones de la Unión Europea. Y su concreción política fue un acuerdo entre España, Francia, Portugal y Luxemburgo para desarrollar la etiqueta ‘Finance Europe’, que consiga movilizar ahorro del Viejo Continente hacia la economía productiva.. Seguir leyendo
