El Gobierno vuelve a la carga con sus medidas de vivienda. El Consejo de Ministros ha aprobado de nuevo este martes los dos reales decretos que el Congreso tumbó el pasado viernes. Y lo ha hecho con algunos cambios. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha defendido que ambos textos mantienen «la esencia» de los que fueron rechazados, con medidas que buscan facilitar el alquiler y la compra, así como aumentar la oferta y combatir la especulación en el mercado inmobiliario.. El paquete cuenta con un total de 21 medidas, como la protección frente a determinados desahucios, límites a las subidas del alquiler, nuevas reglas para los alquileres de temporada y por habitaciones o incentivos fiscales para los propietarios que reduzcan las rentas, entre otros. También recoge algunas novedades, como que el Ejecutivo dotará con 10.000 millones de euros la línea ‘Tu Casa’, que permitirá conceder préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para ayudar a la adquisión de la primera vivienda.. Pero todavía no está garantizado que todas estas medidas vayan a entrar en vigor. Los dos textos tienen que someterse a una nueva votación. Esta vez no se celebrará en el Pleno del Congreso, como el pasado viernes, sino que se llevará a cabo en la Diputación Permanente, ya que las Cortes han quedado disueltas tras el adelanto electoral. Ahora serán los 69 miembros de este organismo los que tengan la última palabra sobre la convalidación de los mismos. El plazo para hacerlo es de 30 días.. Estas son las 21 medidas incluidas en los nuevos decretos de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros este martes:. Prórroga del escudo social antidesahucios hasta 2030. Se amplía la protección para personas vulnerables que no tengan una alternativa habitacional.. Suspensión de desahucios promovidos por fondos y entidades. Se podrán suspender determinados lanzamientos promovidos por fondos o entidades que adquirieron viviendas o créditos con descuento cuando el ocupante sea vulnerable y no tenga otra vivienda.. Ayudas para evitar desahucios por impago. Si la Administración no proporciona una alternativa habitacional, deberá asumir el pago necesario para evitar el lanzamiento en los casos previstos por la norma.. Limitación de compras especulativas de vivienda. Se limitan hasta finales de 2028 determinadas compras de vivienda por parte de empresas y fondos, con excepciones para vivienda social o asequible.. Más fiscalidad para determinadas SOCIMI. Las sociedades de inversión inmobiliaria cuyos beneficios procedan del alquiler residencial tendrán una mayor fiscalidad, aunque podrán acceder a bonificaciones si destinan viviendas al alquiler asequible.. Prórroga extraordinaria de hasta dos años de contratos de alquiler. Determinados contratos que finalicen antes de finales de 2028 podrán prolongarse durante dos años, manteniendo las condiciones actuales y siempre que el inquilino cumpla los requisitos.. Límite a las actualizaciones del alquiler. Se establece un límite extraordinario a las subidas de las rentas en las actualizaciones anuales hasta finales de 2027.. Renovación automática de los contratos de alquiler. Los contratos de vivienda habitual podrán renovarse automáticamente una vez superados los cinco años —siete si el propietario es una persona jurídica—.. Más preaviso para el propietario. Los arrendadores tendrán que avisar con más antelación cuando quieran poner fin al contrato. Además, se establecen nuevas condiciones de indemnización al inquilino.. Regulación del alquiler de temporada. Deberá existir una causa temporal real y demostrable. Como regla general, estos contratos tendrán una duración de más 31 días y menos de 12 meses.. Límites al alquiler por habitaciones. La suma de los alquileres de todas las habitaciones no podrá superar la renta que correspondería a la vivienda completa.. Más controles sobre los alquileres de corta duración. Se refuerzan las obligaciones de información y publicidad de las plataformas que comercializan este tipo de alojamientos.. IVA del 10% para pisos turísticos. Se aplicará a alquileres de corta duración y a aquellos que ofrecen servicios propios de la hostelería.. Recargo del IBI a viviendas turísticas. Los ayuntamientos podrán elevar el IBI hasta un 50% para viviendas destinadas a uso turístico y hasta un 100% para propietarios con cuatro o más inmuebles turísticos.. Deducción del 10% para determinados inquilinos. Los arrendatarios con ingresos inferiores a 33.007,20 euros anuales podrán deducirse en el IRPF el 10% de las cantidades pagadas por su vivienda habitual.. Incentivos fiscales para pequeños propietarios. Los arrendadores que reduzcan el precio del alquiler podrán beneficiarse de deducciones fiscales de hasta el 100% en determinados casos.. Recargos del IBI a viviendas vacías. Los ayuntamientos podrán aplicar recargos de hasta el 150% a propietarios que mantengan viviendas desocupadas durante más de tres años.. IVA superreducido para vivienda protegida permanente. Se establece un IVA del 4% para la vivienda protegida de carácter permanente, incluidos determinados garajes y anexos.. ‘Tu Casa’. Se concederán préstamos sin intereses ni comisiones de hasta el 20% del precio de la vivienda, con un máximo de 50.000 euros.. Refuerzo de Casa 47. La entidad estatal podrá incorporar al parque público viviendas procedentes del patrimonio de la Seguridad Social y del Estado y se establecerán límites al precio de futuras transmisiones.. 680 millones para construir más vivienda asequible. El Gobierno destinará 280 millones de euros en avales para impulsar la construcción industrializada y otros 400 millones para proveedores de vivienda social.
Los dos textos cuentan con medidas que buscan facilitar el alquiler y la compra de vivienda, así como aumentar la oferta y combatir la especulación.
El Gobierno vuelve a la carga con sus medidas de vivienda. El Consejo de Ministros ha aprobado de nuevo este martes los dos reales decretos que el Congreso tumbó el pasado viernes. Y lo ha hecho con algunos cambios. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha defendido que ambos textos mantienen «la esencia» de los que fueron rechazados, con medidas que buscan facilitar el alquiler y la compra, así como aumentar la oferta y combatir la especulación en el mercado inmobiliario.. El paquete cuenta con un total de 21 medidas, como la protección frente a determinados desahucios, límites a las subidas del alquiler, nuevas reglas para los alquileres de temporada y por habitaciones o incentivos fiscales para los propietarios que reduzcan las rentas, entre otros. También recoge algunas novedades, como que el Ejecutivo dotará con 10.000 millones de euros la línea ‘Tu Casa’, que permitirá conceder préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para ayudar a la adquisión de la primera vivienda.. Pero todavía no está garantizado que todas estas medidas vayan a entrar en vigor. Los dos textos tienen que someterse a una nueva votación. Esta vez no se celebrará en el Pleno del Congreso, como el pasado viernes, sino que se llevará a cabo en la Diputación Permanente, ya que las Cortes han quedado disueltas tras el adelanto electoral. Ahora serán los 69 miembros de este organismo los que tengan la última palabra sobre la convalidación de los mismos. El plazo para hacerlo es de 30 días.. Las 21 medidas incluidas en los nuevos decretos. Estas son las 21 medidas incluidas en los nuevos decretos de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros este martes:. Prórroga del escudo social antidesahucios hasta 2030. Se amplía la protección para personas vulnerables que no tengan una alternativa habitacional.. Suspensión de desahucios promovidos por fondos y entidades. Se podrán suspender determinados lanzamientos promovidos por fondos o entidades que adquirieron viviendas o créditos con descuento cuando el ocupante sea vulnerable y no tenga otra vivienda.. Ayudas para evitar desahucios por impago. Si la Administración no proporciona una alternativa habitacional, deberá asumir el pago necesario para evitar el lanzamiento en los casos previstos por la norma.. Limitación de compras especulativas de vivienda. Se limitan hasta finales de 2028 determinadas compras de vivienda por parte de empresas y fondos, con excepciones para vivienda social o asequible.. Más fiscalidad para determinadas SOCIMI. Las sociedades de inversión inmobiliaria cuyos beneficios procedan del alquiler residencial tendrán una mayor fiscalidad, aunque podrán acceder a bonificaciones si destinan viviendas al alquiler asequible.. Prórroga extraordinaria de hasta dos años de contratos de alquiler. Determinados contratos que finalicen antes de finales de 2028 podrán prolongarse durante dos años, manteniendo las condiciones actuales y siempre que el inquilino cumpla los requisitos.. Límite a las actualizaciones del alquiler. Se establece un límite extraordinario a las subidas de las rentas en las actualizaciones anuales hasta finales de 2027.. Renovación automática de los contratos de alquiler. Los contratos de vivienda habitual podrán renovarse automáticamente una vez superados los cinco años —siete si el propietario es una persona jurídica—.. Más preaviso para el propietario. Los arrendadores tendrán que avisar con más antelación cuando quieran poner fin al contrato. Además, se establecen nuevas condiciones de indemnización al inquilino.. Regulación del alquiler de temporada. Deberá existir una causa temporal real y demostrable. Como regla general, estos contratos tendrán una duración de más 31 días y menos de 12 meses.. Límites al alquiler por habitaciones. La suma de los alquileres de todas las habitaciones no podrá superar la renta que correspondería a la vivienda completa.. Más controles sobre los alquileres de corta duración. Se refuerzan las obligaciones de información y publicidad de las plataformas que comercializan este tipo de alojamientos.. IVA del 10% para pisos turísticos. Se aplicará a alquileres de corta duración y a aquellos que ofrecen servicios propios de la hostelería.. Recargo del IBI a viviendas turísticas. Los ayuntamientos podrán elevar el IBI hasta un 50% para viviendas destinadas a uso turístico y hasta un 100% para propietarios con cuatro o más inmuebles turísticos.. Deducción del 10% para determinados inquilinos. Los arrendatarios con ingresos inferiores a 33.007,20 euros anuales podrán deducirse en el IRPF el 10% de las cantidades pagadas por su vivienda habitual.. Incentivos fiscales para pequeños propietarios. Los arrendadores que reduzcan el precio del alquiler podrán beneficiarse de deducciones fiscales de hasta el 100% en determinados casos.. Recargos del IBI a viviendas vacías. Los ayuntamientos podrán aplicar recargos de hasta el 150% a propietarios que mantengan viviendas desocupadas durante más de tres años.. IVA superreducido para vivienda protegida permanente. Se establece un IVA del 4% para la vivienda protegida de carácter permanente, incluidos determinados garajes y anexos.. ‘Tu Casa’. Se concederán préstamos sin intereses ni comisiones de hasta el 20% del precio de la vivienda, con un máximo de 50.000 euros.. Refuerzo de Casa 47. La entidad estatal podrá incorporar al parque público viviendas procedentes del patrimonio de la Seguridad Social y del Estado y se establecerán límites al precio de futuras transmisiones.. 680 millones para construir más vivienda asequible. El Gobierno destinará 280 millones de euros en avales para impulsar la construcción industrializada y otros 400 millones para proveedores de vivienda social.
